miércoles, 17 de diciembre de 2025

DSRS Luciano Castillo Colonna, en cierto modo, da la razón a Contraloría


La Contraloría General de la República (CGR) informó que la Dirección Subregional de Salud Luciano Castillo Colonna registra un 0 % de avance en la etapa de devengado del presupuesto destinado al mantenimiento de edificaciones y equipos de salud, pese a encontrarse a pocos días del cierre del año fiscal 2025. El informe advierte riesgos en la operatividad de los servicios de salud en establecimientos de Sullana, Talara, Paita, Ayabaca y los distritos de Las Lomas y Tambogrande.

 

Un día después, la DSR Luciano Castillo Colonna difundió una respuesta institucional. A continuación, se enumeran sus principales argumentos y se analiza si estos responden, no responden o evaden las observaciones del órgano de control.

 

1. “No está en riesgo la ejecución del presupuesto”
La DSR señala que el presupuesto observado ya fue ejecutado físicamente y que solo resta la liquidación de los trabajos.

Análisis: Esta afirmación no desmiente el hallazgo de la Contraloría. El informe señala 0 % de avance en la etapa de devengado, situación que la propia DSR confirma al indicar que los pagos aún no se han realizado. Se trata de una confirmación implícita del retraso, no de una refutación.

Conclusión: Responde parcialmente, pero confirma el hallazgo.

 

2. Ejecución del mejoramiento del Centro de Salud El Obrero (Sullana)
La DSR indica que el servicio de mejoramiento, valorizado en S/ 30 000, ya concluyó y que será pagado tras la verificación.

Análisis: La Contraloría observó la falta de compromiso del presupuesto para mantenimiento eléctrico desde abril de 2025, alertando riesgos para la cadena de frío y áreas críticas. La respuesta no aclara por qué el mantenimiento no fue atendido oportunamente, ni explica el retraso de varios meses.

Conclusión: Respuesta incompleta; no aborda el fondo del riesgo advertido.

 

3. Uso de casi S/ 3 millones del FONCOR en 69 establecimientos de salud
La DSR afirma que estos recursos se destinan al mejoramiento de ambientes y habitabilidad de 69 centros de salud y que la transferencia se realizó recién en noviembre.

Análisis: El informe de la Contraloría se refiere a mantenimiento, mientras que la DSR habla de mejoramiento, conceptos distintos en la gestión presupuestal. Además, la visita de control se realizó cuando los recursos ya habían sido transferidos, por lo que la falta de requerimientos y procesos de contratación sigue siendo una observación válida.

Conclusión: Evade parcialmente el informe al cambiar el enfoque del gasto.

 

4. Transferencia tardía del presupuesto
La DSR sostiene que los recursos llegaron entre el 14 y 24 de noviembre, días antes de la visita de la Contraloría.

Análisis: La Contraloría no cuestiona la fecha de la transferencia, sino la inacción administrativa posterior. La respuesta no explica por qué no se formularon requerimientos ni se iniciaron procesos de contratación pese a la cercanía del cierre fiscal.

Conclusión: No responde al cuestionamiento central.

 

5. Situación de los ecógrafos y equipos médicos
El informe de la CGR advierte que un ecógrafo permaneció fuera de un establecimiento por más de 21 meses y que existen siete ecógrafos inoperativos por falta de mantenimiento correctivo.

Análisis: La respuesta de la DSR no menciona este punto, pese a tratarse de uno de los hallazgos más sensibles por su impacto en la atención materna y neonatal.

Conclusión: Omisión total; no responde.

 

Balance general

La respuesta de la Dirección Subregional de Salud Luciano Castillo Colonna no desvirtúa los hallazgos de la Contraloría General de la República. Por el contrario, confirma el retraso en el devengado del presupuesto, cambia el enfoque de mantenimiento a mejoramiento y omite responder sobre el estado de equipos médicos esenciales.

El informe de control mantiene vigencia técnica y administrativa, mientras que la respuesta institucional se centra en anuncios de ejecución futura y liquidaciones pendientes, sin aclarar las causas del retraso ni los riesgos advertidos para la prestación de los servicios de salud.

  

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